Las Directrices sobre las Modalidades Alternativas de Cuidado de los Niños y Niñas, aprobadas por la Asamblea General de las Naciones Unidas en febrero de 2010, establecen medidas a implementar por los Estados y la sociedad civil en los ámbitos de la promoción
- Por: Alejandro Tsukame, Sociólogo.
- Doctor por la Universidad Complutense de Madrid
del cuidado parental, prevención de la separación de la familia, riesgo de pérdida del cuidado parental, pérdida efectiva del cuidado parental, reintegración a la propia familia y vida independiente. OBSERVA, a través de sus boletines está asumiendo sistemáticamente la tarea de tematizar todos estos ámbitos, de manera de abrirlos a la discusión crítica sobre sus actuales grados de concreción en las políticas públicas y en las acciones organizadas de la sociedad civil.
En el ámbito de la promoción, las Directrices propician la elaboración de políticas públicas universales de promoción del cuidado parental, que buscan comunicar y persuadir sobre el sentido y méritos del cuidado y facilitar el acceso de las familias a los servicios básicos y a la protección social. No obstante, estas acciones estan fuertemente dirigidas a normar y orientar respecto del riesgo más directo de pérdida del cuidado y el quehacer frente a la pérdida misma, más que a hacerse cargo de la problemática del cuidado en sí. Naturalmente, no podría ser de otra forma dado que las Directrices se formulan en torno a las particularidades de un sistema de cuidados alternativos. No obstante, la promoción del cuidado plantea algunas interrogantes conceptuales que es preciso aclarar.
Promover el cuidado es más que focalizar las políticas en evitar su pérdida. El cuidado es una temática emergente que se perfila cada vez más como un nuevo derecho social. Un derecho a dar y a recibir cuidados. OBSERVA no puede estar ajeno a esta realidad. La exigencia y el derecho de dar y recibir cuidados es esperable que comience a recibir cada vez más atención en el debate sobre las políticas públicas en nuestro país y el sistema que va a permitir la provisión de este cuidado durante las próximas décadas, ya ha comenzado a definirse.
Uno de los cambios más importantes acaecidos en las últimas décadas en el país y en muchas otras partes del mundo, es la incorporación masiva de las mujeres al mundo del trabajo remunerado, muchas veces a tiempo completo. Este fenómeno, unido al aumento en la esperanza de vida de la población y a cambios demográficos tales como la baja en la tasa de natalidad y de nupcialidad, el aumento de las convivencias, del divorcio y de los hijos nacidos fuera o al margen del matrimonio, plantean un reto importante en lo que al cuidado de las personas se refiere. Las mujeres aspiran a la igualdad dentro y fuera del hogar, de modo que su vinculación en exclusiva a las tareas domésticas, que han comprendido tradicionalmente el cuidado de los hijos, de los enfermos y de los ancianos, es hoy un modelo superado.
En este nuevo número del boletín de OBSERVA, abordamos el concepto de cuidado como desafío ético colectivo y como nuevo derecho social. Proponemos una discusión y algunas definiciones sobre la problemática actual del cuidado de los niños y niñas, en el marco más general del cuidado de las personas. Ofrecemos también un diagnóstico provisorio acerca de los cambios que han sufrido las familias y que afectan especialmente la provisión del cuidado.
En el próximo número del Boletín, nos referiremos con más detalle a los desafíos que enfrentan los actuales proveedores de cuidados: las madres que trabajan, los nuevos padres implicados activamente en la crianza, las abuelas y los abuelos que continúan asumiendo el cuidado de sus nietos, o quienes los cuidan a cambio de una remuneración en el marco de una relación laboral en un hogar familiar o en una institución. Por otra parte, se abordará las políticas de bienestar que el Estado y las instituciones de la sociedad civil deben implementar como parte de la respuesta a las necesidades de cuidado de los niños y niñas.
Un nuevo modelo de cuidado tendrá que pasar, con toda seguridad, al menos por tres caminos: en primer lugar, los hombres deberán acometer nuevas responsabilidades como cuidadores, de modo que estas tareas se repartan equitativamente entre los miembros de la familia que puedan prestarlas. En segundo lugar, el Estado deberá definir un marco legislativo que progrese en la promoción efectiva de la igualdad. Y en tercer lugar, las instituciones públicas y privadas deberán intensificar la instalación de servicios a través de los cuales una parte de este cuidado pueda realizarse fuera de la familia.
Estudios y reflexiones como las que aquí encaramos, pueden contribuir al debate acerca de lo que se necesita para implementar un nuevo modelo social de cuidado, que tiene como eje el fomento de la autonomía de las personas, dentro del marco de sus posibilidades y en el que el cuidado infantil en el seno de una familia ocupa un lugar destacado.